Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 requiere al Ministro del Interior y a la directora de Asuntos para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras para que presente una copia de las actuaciones surtidas ante y por dicha entidad en relación con el proceso de impugnación de la asamblea eleccionaria de Jiguamiandó y la Resolución 012 de 2021.
Se reitera a las precitadas autoridades que cualquier novedad en dicho proceso deberá ser informada a la Corte Constitucional, hasta tanto haya una decisión de la Sala Especial.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REQUERIR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Ministro del Interior y a la directora de Asuntos para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras para que presente una copia de las actuaciones surtidas ante y por dicha entidad en relacion con el proceso de impugnacion de la asamblea eleccionaria de Jiguamiando y la Resolucion 012 de 2021.
- Lo anterior, dentro del termino de dos (2) dias habiles contados a partir de la comunicacion de la presente decision, por medio del correo electronico de la Secretaria General (secretaria1@corteconstitucional.gov.co).
- Segundo. REITERAR al Ministro del Interior y a la directora de Asuntos para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras que cualquier novedad en dicho proceso debera ser informada a la Corte Constitucional hasta tanto haya una decision de la Sala Especial.
- Tercero. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, la presente decision al Ministro del Interior, a la directora de Asuntos para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, al Consejo Comunitario de Jiguamiando, a la Defensoria Delegada para los Derechos de la Poblacion en Movilidad Humana y a la Procuraduria Delegada para Asuntos Etnicos, a traves de los correos electronicos del anexo de este auto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.