Micelio
Auto29 de junio de 2021

A- de 2021

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 requiere al Ministro del Interior y a la directora de Asuntos para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras para que presente una copia de las actuaciones surtidas ante y por dicha entidad en relación con el proceso de impugnación de la asamblea eleccionaria de Jiguamiandó y la Resolución 012 de 2021.

Se reitera a las precitadas autoridades que cualquier novedad en dicho proceso deberá ser informada a la Corte Constitucional, hasta tanto haya una decisión de la Sala Especial.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REQUERIR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, al Ministro del Interior y a la directora de Asuntos para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras para que presente una copia de las actuaciones surtidas ante y por dicha entidad en relacion con el proceso de impugnacion de la asamblea eleccionaria de Jiguamiando y la Resolucion 012 de 2021.
  2. Lo anterior, dentro del termino de dos (2) dias habiles contados a partir de la comunicacion de la presente decision, por medio del correo electronico de la Secretaria General (secretaria1@corteconstitucional.gov.co).
  3. Segundo. REITERAR al Ministro del Interior y a la directora de Asuntos para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras que cualquier novedad en dicho proceso debera ser informada a la Corte Constitucional hasta tanto haya una decision de la Sala Especial.
  4. Tercero. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, la presente decision al Ministro del Interior, a la directora de Asuntos para las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, al Consejo Comunitario de Jiguamiando, a la Defensoria Delegada para los Derechos de la Poblacion en Movilidad Humana y a la Procuraduria Delegada para Asuntos Etnicos, a traves de los correos electronicos del anexo de este auto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.